Los productores y almacenistas deben realizar sus declaraciones de vino y mosto de forma telemática mediante la aplicación, denominada INFOVI (Sistema de Información Vitivinícola), habilitada por el Ministerio de Agricultura, a través de la Agencia de Información y Calidad Alimentaria (AICA).
Además, todos los productores deberán presentar anualmente los impresos anexo IVa (listado de proveedores) y anexo IVb (justificantes de compra venta de productos).
Para poder acceder a INFOVI, previamente es necesario estar inscrito en el Registro de Operadores Vitivinícolas (REOVI) y solicitar una clave de acceso al Ministerio de Agricultura, en caso de que, de oficio, la Administración no haya realizado este trámite.
Los pasos a seguir para realizar las declaraciones de existencias de vino y mosto son los siguientes:
Las declaraciones las realizará el propietario de las existencias de vino (operador vitivícola), y debe hacer una declaración por cada una de las instalaciones en las que tenga vino (sean o no instalaciones de su propiedad).
Previamente, todos los operadores deben estar inscritos en el Registro de Operadores Vitivinícolas y, en caso de no haber recibido la clave de acceso al sistema de declaraciones INFOVI, solicitarla al Ministerio de Agricultura a través de la propia aplicación.
Solicitud de la clave de acceso: www.aica.gob.es.
Deberán presentar entre el 1 y el 19 de cada mes una declaración de vino y mosto por instalación referida al mes anterior.
Deberán presentar entre el 1 y el 19 de los meses de diciembre y agosto una declaración por instalación referida a los meses de noviembre y julio respectivamente.
Una vez inscrito en el REOVI, es obligatorio realizar todas las declaraciones indicadas, aunque no se haya tenido ningún movimiento de vino o mosto en alguno de los meses.
Sección de Programas de Ayudas al Viñedo