La calidad diferenciada es el conjunto de características de un alimento, consecuencia del cumplimiento de requisitos relativos a sus materias primas o procedimientos de producción, transformación o comercialización, y adicionales a las exigencias de calidad estándar obligatorias para el alimento.



Marcas con protección europea




Si las características diferenciadas, específicas y superiores, se deben al origen de las materias primas utilizadas y/o de los procedimientos tradicionales de elaboración, estos productos se regulan por normativa de la Unión Europea (UE), que garantiza el cumplimiento de unos requisitos adicionales a los exigidos para el resto de productos convencionales. Son esquemas de carácter voluntario y los nombres con los que se identifican están inscritos en un registro de la UE y protegidos por su normativa y considerados derechos de propiedad intelectual. Estas figuras se clasifican, definen e identifican según los siguientes esquemas.

Denominación de Origen Protegida (DOP). Nombre que identifica un producto cuya calidad o características se deben, fundamental o exclusivamente, al medio geográfico con sus factores naturales y humanos, y cuya obtención de su materia prima, producción, transformación y elaboración se realizan siempre en esa zona geográfica delimitada de la que toman el nombre.

Indicación Geográfica Protegida (IGP). Nombre que identifica un producto que posee alguna cualidad determinada o reputación u otra característica que pueda atribuirse a un origen geográfico y cuya producción, transformación o elaboración se realiza en la zona geográfica delimitada de la que toma su nombre. Para las bebidas espirituosas se utiliza IG.

Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG). Son los productos con rasgos específicos diferenciadores de otros alimentos de su misma categoría, y se producen a partir de materias primas tradicionales, o bien presentan una composición, modo de producción o transformación tradicional.


Identificación en el mercado

DOPIGPETG


Estos productos se reconocen al figurar en su etiquetado el nombre registrado junto con la mención correspondiente (DOP/IGP/IG/ETG). En el caso de los productos agroalimentarios (incluidos los vinos aromatizados), es obligatorio el símbolo de la Unión Europea según se trate. El uso del símbolo es voluntario en el caso de vinos y bebidas espirituosas.

En la Comunidad Autónoma de La Rioja, la Dirección General de Desarrollo Rural, además de ser la autoridad competente lleva a cabo la verificación de los requisitos que caracterizan el producto (control oficial/certificación del producto amparado por el sello de calidad).


Programa de control

El Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, define el régimen de controles oficiales de las Denominaciones de Origen Protegidas, de las Indicaciones Geográficas Protegidas y de las Especialidades Tradicionales Garantizadas de los productos agrícolas, así como las Indicaciones Geográficas de las bebidas espirituosas, estableciendo que los procedimientos y requisitos del Reglamento (UE) nº 625/2017 se aplicarán a dichos controles oficiales.


Los controles oficiales:

  • Verifican que un producto cumple el pliego de condiciones correspondiente
  • Supervisan el uso de los nombres registrados en el mercado

Estos controles se engloban en el Objetivo 3 del Plan Nacional de la Cadena AlimentariaEste enlace se abrirá en una ventana nueva: "garantizar la consecución de un elevado nivel de calidad alimentaria, incluidas la Calidad Diferenciada y la Producción Ecológica, de los productos agroalimentarios e intensificar la lucha contra el fraude alimentario, a lo largo de toda la cadena alimentaria, para conseguir la sostenibilidad del sistema agroalimentario, aumentar la confianza de los consumidores, garantizar sus derechos a la información y a la protección de sus intereses económicos frente a prácticas comerciales desleales".


Consulta el Programa Nacional de Control OficialEste enlace se abrirá en una ventana nueva de la calidad diferenciada vinculada a un origen geográfico y especialidades tradicionales garantizadas antes de su comercialización.


Por otro lado, el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales establece la realización de controles oficiales para la supervisión del uso de los nombres registrados como Denominaciones de Origen Protegidas, Indicaciones Geográficas Protegidas o Especialidades Tradicionales Garantizadas en el mercado. Incluye y establece la realización de estos controles oficiales a dos niveles: mercado convencional y online.


Marcas con calidad diferencia con protección europea en La Rioja

Marcas de ámbito autonómico

  • DOP Peras de Rincón de Soto
  • DOP Aceite de La Rioja
  • DOP Queso Camerano
  • DOP Alubia de Anguiano
  • DOP Nuez de Pedroso

  • IGP Chorizo Riojano
  • IGP Pimiento Riojano
  • IGP Coliflor de Calahorra
  • IGP Valles de Sadacia

Marcas de ámbito suprautonómico

La comunidad autónoma de La Rioja no es la autoridad competente.

  • DOC Rioja
  • DO Cava
  • IGP Espárrago de Navarra
  • IGP Ternera de Ávila
  • ETG Jamón Serrano

Normativa

Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.° 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.° 1151/2012


Ley 5/2005,de 1 de junio, de los Sistemas de Protección de la Calidad Agroalimentaria en la Comunidad Autónoma de La Rioja.



Agricultura ecológica



Esta marca también cuenta con protección europea bajo el amparo de su propia normativa.

Consulta el apartado de producción ecológica.



Otras marcas



Además, existen otros tipos de marcas de calidad, que no están reguladas por normativa europea ni disponen de su protección y tampoco está sometidas a control oficial.


Marcas colectivas y marcas de garantía

Las características y modo de funcionamiento de las marcas colectivas y las marcas de garantía se regulan por sus propios reglamentos de uso. En La Rioja existen:


Normativa: Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.


Artesanía de La RiojaEste enlace se abrirá en una ventana nueva

Reserva de la Biosfera de La Rioja