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Tarifas eléctricas de último recurso

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Bono Social

Con la entrada en vigor de la Tarifa de Último Recurso (TUR) desde el 1 de julio de 2009 se pondrá en marcha el denominado bono social, un mecanismo creado por el Gobierno para proteger a los ciudadanos de determinados colectivos.

Se trata de una medida de carácter social diseñada para favorecer a los colectivos más vulnerables y se concreta en la congelación de la tarifa vigente en el momento de la puesta en marcha de la TUR hasta 2012. Se calcula que beneficiará a unos 5 millones de consumidores.

Podrán acogerse al bono social cuatro colectivos:

  1. los clientes domésticos residencias con una potencia contratada inferior a 3 KW
  2. los pensionistas con prestaciones mínimas
  3. las familias numerosas y
  4. los hogares en los que todos sus integrantes se encuentren en situación de desempleo

En todos los casos, el beneficiario deberá estar acogido a la TUR, ser una persona física y el contrato para el que se solicita el bono social debe ser el de su vivienda habitual.

Mercado liberalizado:

Unos 12.000 usuarios riojanos tendrán que ir al mercado libre para contratar la electricidad a partir del 1 de julio de 2009
A partir de esta fecha, los usuarios que tengan contratada una potencia superior a 10 kW y no contraten en el mercado liberalizado, sufrirán un incremento progresivo en su factura eléctrica por parte del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

La Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio informa que unos 12.000 usuarios riojanos, en su mayoría pymes y micropymes, tendrán que ir obligatoriamente al mercado libre para negociar con qué empresa comercializadora elige contratar el suministro a partir del 1 de julio de 2009.

A partir de esta fecha, los usuarios que tengan contratada una potencia superior a 10 kW y no contraten en el mercado liberalizado, sufrirán un incremento progresivo en su factura eléctrica por parte del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo: hasta el 1 de abril de 2010 habrá un aumento trimestral del 5%. A partir del 1 de abril de 2010 y durante un periodo máximo de 3 meses se incrementará la factura en un 20% y transcurridos éstos, se suspenderá el suministro

Estos 12.000 usuarios son clientes que tienen contratada una potencia de más de 10 kW y que, por tanto, quedan fuera de la nueva tarifa de último recurso, tal y como establece el Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, que regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector eléctrico, un nuevo modelo de gestión y organización que viene derivado de la Directiva 54/2003/CE.

Según este nuevo modelo, a partir del 1 de enero de 2009, la actividad de suministro a tarifa deja de formar parte de la actividad de distribución y el suministro pasa a ser ejercido en su totalidad por los comercializadores en libre competencia. Así, serán los consumidores de electricidad quienes eligen libremente a su suministrador o empresa comercializadora. Además, se suprime el sistema tarifario integral y se establecen las tarifas de último recurso.

Esta tarifa de último recurso son precios máximos y mínimos que fijará el Ministerio de Industria. A ella se podrán acoger los consumidores que tengan hasta 10 kW de potencia contratada, es decir, los consumidores domésticos, para quienes se concibe el suministro eléctrico como servicio universal, tal y como contempla la Directiva. Esta tarifa se aplicará por las empresas comercializadoras de último recurso (CUR).

En La Rioja el número de clientes que tendría derecho a acogerse a esta tarifa asciende a 201.847.

Así, los consumidores domésticos (con hasta 10 kW de potencia contratada) tienen tres opciones:

  • no hacer nada: su contrato pasará de la compañía suministradora a la compañía comercializadora con la que tenga contratado el servicio eléctrico hasta la fecha y se le aplicará la tarifa de último recurso regulada por el Gobierno Central.
  • contratar con otra comercializadora de último recurso que también aplicará la tarifa de último recurso regulada por el Gobierno Central
  • o contratar libremente con un comercializador en el mercado liberalizado.

Sin embargo, los consumidores de más 10 kW tendrán, obligatoriamente, que contratar el servicio de suministro con una empresa comercializadora en el mercado liberalizado antes del próximo 1 de julio. En caso contrario, (si no hace nada y se le aplica automáticamente la tarifa de último recurso) el consumidor será penalizado con un precio progresivamente superior que determinará el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Así, el precio que deberá pagar por la electricidad consumida durante el periodo que carezca de un contrato en vigor con un comercializador, será fijado por Orden del Ministerio de Industria, y se incrementarán trimestralmente en un 5% hasta el 1 de abril de 2010. A partir de esta fecha y durante un periodo máximo de 3 meses se incrementará la factura en un 20 % y transcurridos estos, se suspenderá el suministro.

Actualmente existen cinco comercializadoras de último recurso entre las que puede elegir el consumidor: Iberdrola Comercialización de último recurso, Unión Fenosa Metra, Hidrocantábrico energía de último recurso, Endesa energía y E.On Comercializadora de último recurso.

Además, el consumidor riojano podrá elegir entre las siguientes empresas que operarán en el mercado libre español, según la Comisión Nacional de Energía:

  • Aduriz Energía SLU
  • Bassols Energía Comercial S.L.
  • Céntrica Energía Generación, S.L.U.
  • Céntrica Energía S.L.U.
  • Céntrica Energías Especiales S.L.U.
  • Cide Hcenergía, S.A.
  • Comercializadora Eléctrica de Cádiz, S.A.U.
  • Comercializadora Lersa, S.L.
  • Electra del Cardener Energía, S.A.U.
  • Electracomercial Centelles, S.L.U.
  • Eléctrica Sollerense, S.A.U.
  • Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A.
  • Endesa Energía, S.A.U.
  • Enerco Cuellar, S.L.
  • Eon Energía, S.L
  • Estabanell y Pahisa Mercator, S.A.
  • Factor Energía, S.A.
  • Gesternova, S.A.
  • Hidrocantábrico Energía, S.A.U

Apoyo al usuario

La Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio se ha puesto a disposición tanto de la Federación de Empresarios de La Rioja como de la Cámara de Comercio para informar a los empresarios riojanos, consumidores en su mayoría de más de 10 kW de potencia, y por tanto, principales afectados por la entrada en vigor de esta normativa. Todo ello, con el objetivo de que los empresarios riojanos no se vean perjudicados por esta nueva situación y que dispongan de la información adecuada para poder elegir la opción que les sea más conveniente.
Los teléfonos y direcciones de contacto de las empresas comercializadoras y empresas comercializadoras de último recurso, podrán obtenerse de la página www.cne.es, de la Comisión Nacional de la Energía.

Sitios de interés

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